Campaña de la Renta 2019

Publicado el 2 de abril de 2020

Fuente: 5 Dias

Pese al estado de alarma, la Agencia Tributaria sigue dando la opción de entregar la declaración de forma presencial

La campaña de la declaración de la Renta 2019 arrancó ayer miércoles, pese al estado de alarma que mantiene paralizado al país. Este año, los contribuyentes tendrán desde el 1 de abril hasta el 30 de junio para formalizar sus cuentas con Hacienda. Entre las novedades de esta campaña, se encuentran una nueva forma de declarar bienes inmuebles y una tributación a los premios diferente.

Por el contrario, este año no han cambiado a grandes rasgos las fórmulas para presentar la declaración en comparación con las que había disponibles para el ejercicio 2018. Así, aunque el coronavirus mantenga por el momento a gran parte de la población encerrada en sus casas, sigue estando disponible la opción de presentar la renta de forma presencial.

Antes de nada, lo primero es tener claro si se tiene la obligación de presentar la declaración para luego evaluar si compensa o no en el caso de tener opción de elegir. Este año están exentos de presentar la declaración aquellos ciudadanos que hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo por importe inferior a 22.000 euros procedentes de un mismo pagador. Estarán obligados en cambio aquellos que hayan percibido más de 14.000 euros anuales de varios pagadores, si la suma de las cantidades procedentes del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, supera la cifra de 1.500 euros anuales.

Una vez que se tiene la obligación o se ha decidido a presentarla porque compensa, un contribuyente tienes tres opciones a su disposición: presentación online, por llamada telefónica o presencial.

Online: Renta Web

Renta Web es la principal manera de presentar la declaración de la Renta. Para acceder a Renta Web hay que seleccionar «Servicio de tramitación borrador / declaración» en la página web de la Renta. A continuación, el contribuyente tendrá que identificarse usando el número de referencia, la clave Pin o el certificado electrónico.

Para obtener el número de referencia, los contribuyentes deberán introducir en la página web de Hacienda su NIF, la fecha de caducidad del DNI o el número de soporte de su Número de Identidad de Extranjero (NIE). Además, deberán aportar el importe de la casilla 505 de la declaración del IRPF correspondiente a 2018. Si no se hizo, se debe poner un número de cuenta bancaria (IBAN) de la que el contribuyente sea titular.

Una vez identificado, el usuario accede a los datos fiscales que obran en poder de Hacienda: nóminas, hipotecas, cuentas corrientes… No obstante, debe revisar y completar estos datos; aunque los proporcione Hacienda, los errores u omisiones son responsabilidad del contribuyente.

Hay que poner especial atención en: La información de los inmuebles y sus referencias catastrales, las cuotas sindicales, los datos personales y familiares (si tiene derecho a la deducción por maternidad, a deducciones familiares por descendiente / ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos), los planes de pensiones (incluir las aportaciones), la deducción por inversión en vivienda habitual, la desgravación por alquiler y las deducciones autonómicas.

Si todo está en orden, el usuario genera la declaración en Renta Web. Tras presionar en presentar declaración, si sale a devolver el contribuyente debe indicar la cuenta bancaria en la que quiere que se le efectúe el ingreso de dinero. En el caso de que salga a pagar, por defecto se selecciona la opción de domiciliar el pago y fraccionarlo en dos plazos.

Online: Aplicación Agencia Tributaria

Los contribuyentes tienen la opción de presentar la declaración de la Renta desde el teléfono móvil gracias a la aplicación Agencia Tributaria. Aunque proporciona la opción de «presentar la declaración con un solo click», no permite modificar los datos.

Interior de una oficina en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Castilla y León en Valladolid.
Interior de una oficina en la sede de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Castilla y León en Valladolid.
EFE
Para usar la aplicación de la Agencia Tributaria en el smartphone hay que identificarse, al igual que al acceder a Renta Web. Una vez dentro, es posible consultar los datos fiscales, presentar la declaración de la Renta, recibir notificaciones (estado de tramitación de la declaración, por ejemplo) u obtener el número de referencia de Reno.

Llamada telefónica

Otra alternativa es presentar la declaración vía telefónica gracias al plan “Le llamamos” de Hacienda. Es posible a partir del 7 de mayo. Para que la Agencia Tributaria le llame para presentar su declaración hay que concertar cita previa a partir del 5 de mayo por Internet o en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71.

Para cuando Hacienda llame, el contribuyente deberá tener disponible el número de referencia del titular de la declaración, el DNI de todas las personas que figuren en la declaración, el IBAN de cuenta bancaria y las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler.

Presencial

Para realizar los trámites de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria hay que esperar hasta el 13 de mayo con cita previa, que se puede solicitar desde el 5 de mayo.

CÓMO IDENTIFICARSE MEDIANTE CL@VE PIN

Otra forma de acceder a los trámites online es mediante la denominada Cl@ve Pin. Si se está registrado en Cl@ve, es más fácil hacer trámites online con la administración pública, ya sea con Hacienda u otros organismos como por ejemplo el catastro, la Seguridad Social y el resto de Ministerios. La ventaja de este sistema es que no se necesita equipamiento específico en el ordenador para usarlo, y permite hacer trámites más complejos.

Para emplear este método, hay que pinchar sobre la opción «con Cl@ve Pin» e introducir el número y la letra del DNI o NIE en el navegador. Se mostrarán tres alternativas para obtener una clave de acceso hacia el trámite que se haya seleccionado.

Si todavía no se está registrado en Cl@ve:

En el caso de que el contribuyente no esté registrado todavía en Cl@ve, Hacienda informa de la opción de darse de alta. Hay tres maneras de registrarse en Cl@ve. De forma online con certificado electrónico (DNI electrónico), online sin certificado electrónico o de manera presencial. Para registrarse mediante certificado electrónico o DNI electrónico, se necesita equipamiento especial en el ordenador. En el registro sin certificados electrónicos, es preciso rellenar los datos y esperar a que llegue al domicilio una carta con el Código Seguro de Verificación para introducir en la opción de darse de alta en Cl@ve sin certificados. También existe la posibilidad de darse de alta de forma presencial en Cl@ve en las oficinas de la AEAT, de la Seguridad Social o en las de atención al ciudadano. En esta página web oficial se recoge de forma sencilla los pasos a seguir para registrarse en este sistema por primera vez de cualquiera de las maneras.

Acceder a través de la aplicación móvil Cl@ve Pin:

A través de la aplicación para smartphone Cl@ve Pin, disponible en iOS y Android, se puede obtener la credencial de acceso, siempre se esté registrado en el sistema. Una vez instalada la app, esta pedirá el DNI o NIE. El teléfono quedará ligado al usuario al introducir un código que recibido por sms. Hecho esto, el contribuyente puede pedir los códigos y el PIN (dos series de cuatro y tres dígitos) necesarios para operar con Hacienda. Si el móvil tiene identificación por huella dactilar, solo será necesario introducir la huella cada vez que se vaya a solicitar una clave Pin.

Acceder a través del navegador con Cl@ve:

En esta opción, no es necesario instalar ninguna aplicación en tu teléfono. Basta con introducir los datos en la web de la Agencia Tributaria. La clave llegará a un teléfono móvil en forma de SMS, con la que se operará en la página de Hacienda. También es preciso estar registrado en el sistema Cl@ve para emplear esta alternativa.

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