El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación del plazo para la concesión de avales ICO hasta el 30 de junio de 2021, la extensión del plazo de devolución en tres años más, hasta un máximo de ocho años, y la ampliación del periodo de carencia en 12 meses, hasta el máximo de 24 meses
Nadia Calviño, vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en qué consisten estas las medidas de apoyo a la solvencia empresarial y en materia tributaria.
En este sentido, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto ley que introduce una serie de medidas relacionadas con los avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO), como la ampliación del plazo para la concesión de avales de las dos líneas en funcionamiento hasta el 30 de junio de 2021 y la extensión del plazo máximo para devolver los créditos en tres años, hasta un máximo de ocho años, y del periodo de carencia hasta un máximo de 24 meses.
Debido a que la intención del Gobierno es apoyar a las empresas solventes, los solicitantes no podrán encontrarse en situación de concurso de acreedores o su préstamo en mora.
El real decreto ley también estipula que las entidades bancarias, que deberán responder a las solicitudes de ampliación en un plazo máximo de 30 días, no podrán aumentar de forma injustificada el tipo de interés ni exigir la contratación de productos vinculados.
También se prevé una rebaja del 50% en los aranceles notariales y registrales al registrar las operaciones de ampliación y se autoriza al ICO a dirigirse directamente a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) para agilizar la comprobación de los impagados que le comuniquen las entidades financieras.